Reparto de Bienes en el Divorcio de Mutuo Acuerdo
boltRespuesta rápida
El reparto de las propiedades, vehículos, ahorros y deudas acumulados en sociedad conyugal es un punto central al poner fin al matrimonio. Realizar la **liquidación de sociedad conyugal de común acuerdo** dentro del mismo expediente de divorcio express es la vía más rápida, segura y económica de independizar los patrimonios en Chile.
La ventaja fiscal de la adjudicación por divorcio
Traspasar un inmueble a nombre de uno de los cónyuges como resultado de la liquidación de la sociedad conyugal acordada en el divorcio no constituye una venta comercial. Por este motivo, la operación está completamente exenta del impuesto a la transferencia o compraventa de bienes raíces, permitiendo registrar la propiedad de forma exclusiva pagando únicamente los aranceles mínimos de inscripción del Conservador de Bienes Raíces respectivo.
La importancia de una redacción minuciosa
La cláusula de liquidación patrimonial contenida en el Acuerdo Completo y Suficiente debe ser redactada con extrema rigurosidad técnica por un abogado habilitado. Los Conservadores de Bienes Raíces en Chile son minuciosos al revisar las adjudicaciones judiciales de familia antes de alzar prohibiciones e inscribir las propiedades, por lo que un error de redacción o de datos puede bloquear el traspaso de dominio.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel notarial se paga por repartir los bienes? expand_more
Si el acuerdo de liquidación de bienes se firma mediante escritura pública en notaría, se pagan los aranceles notariales de escrituración (aprox. $20.000 a $40.000).
¿Es obligatorio repartir los bienes en el mismo divorcio? expand_more
No es obligatorio hacerlo en el mismo acto, pero sí es altamente recomendado para unificar honorarios de abogados y notarías, cerrando todos los lazos patrimoniales de una vez.
¿Qué pasa con la casa si tiene hipoteca vigente? expand_more
Suele adjudicarse el inmueble a un cónyuge y este asume de forma exclusiva la deuda hipotecaria restante, comprometiéndose a tramitar la novación de deudor en el banco.