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Pensión

Pensión de Alimentos al Cónyuge en el Divorcio de Mutuo Acuerdo

personEquipo Legal Divorcios Express calendar_todayActualizado 09/07/2026 schedule5 min de lectura

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Durante la separación de hecho y antes de dictarse la sentencia, los cónyuges se deben alimentos mutuos. Sin embargo, **una vez decretada la sentencia definitiva de divorcio, la obligación de alimentos entre cónyuges se extingue de forma absoluta para el futuro**, debiendo sustituirse por la compensación económica si correspondiese.

El deber de socorro mutuo es una de las obligaciones centrales del matrimonio contempladas en el Código Civil de Chile. Este deber se traduce en la obligación de proporcionarse alimentos y sustento económico de forma recíproca. Al producirse la separación y tramitarse el divorcio express de común acuerdo, la pensión de alimentos entre cónyuges sufre modificaciones legales definitivas que debes conocer.

Obligación de alimentos durante la separación de hecho

Mientras la pareja se encuentra separada de hecho (durante el año de cese de convivencia requerido para el divorcio express) el matrimonio sigue vigente. Por lo tanto, el cónyuge que carezca de recursos suficientes para mantener su nivel de vida tiene el derecho de solicitar al otro una pensión de alimentos provisoria o definitiva de común acuerdo, la cual rige mientras dure la separación y se tramita el divorcio.

La extinción de la obligación tras el divorcio

La dictación de la sentencia firme de divorcio express disuelve el matrimonio de forma absoluta. Al extinguirse el vínculo matrimonial, **cesa de inmediato y para el futuro toda obligación de socorro y alimentos entre los ex cónyuges**.

Si uno de los cónyuges queda desprotegido o con un menoscabo económico severo tras el divorcio debido a haberse dedicado al cuidado de la familia, no podrá demandar pensión de alimentos posterior. En su lugar, debió haber exigido e incorporado en el Acuerdo Completo y Suficiente una cláusula de **compensación económica** para garantizar su sustento patrimonial futuro, siendo esta la única vía indemnizatoria aceptada por la Ley de Matrimonio Civil chilena tras la disolución.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acordar pagarle pensión de alimentos a mi ex cónyuge después del divorcio? expand_more

Legalmente, tras el divorcio cesa la obligación de alimentos mutua. Si se desea dar sustento de por vida o temporal al ex cónyuge, se debe regular bajo la figura de compensación económica pagadera en cuotas mensuales y no como alimentos.

¿Qué requisitos exige la ley para que un cónyuge pida alimentos durante la separación? expand_more

Exige acreditar la falta de medios propios para subsistir y la capacidad económica del cónyuge obligado, evaluando la duración de la separación de hecho.

¿La pensión de alimentos al cónyuge se reajusta automáticamente? expand_more

Sí. Al igual que los alimentos de los hijos, la pensión fijada de común acuerdo debe expresarse en UTM, UF o un porcentaje del sueldo para garantizar su reajuste mensual contra la inflación.

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