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Bienes

Indemnizaciones y Seguros en el Divorcio de Común Acuerdo

personEquipo Legal Divorcios Express calendar_todayActualizado 09/07/2026 schedule5 min de lectura

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En el divorcio de común acuerdo en sociedad conyugal, las indemnizaciones por años de servicio cobradas durante el matrimonio se consideran bienes sociales y se dividen en partes iguales. Las indemnizaciones por accidentes del trabajo o seguros de invalidez son bienes propios del cónyuge afectado y no se reparten.

Al disolver la sociedad conyugal mediante el divorcio express de común acuerdo, la determinación de qué dineros acumulados se consideran 'bienes sociales' y cuáles son 'bienes propios' es un aspecto técnico de gran relevancia. Los montos recibidos por indemnizaciones de despido laboral o cobro de seguros de vida y accidentes suelen ser focos de discusión que deben detallarse correctamente en el Acuerdo Completo y Suficiente.

Indemnizaciones Laborales por Años de Servicio

De acuerdo con la jurisprudencia y el Código Civil de Chile, los dineros percibidos por un cónyuge por concepto de indemnización por años de servicio (IAS) u otras indemnizaciones por término de contrato de trabajo que hayan sido efectivamente cobradas **durante la vigencia del matrimonio bajo sociedad conyugal** ingresan al patrimonio común de la sociedad.

En consecuencia, al divorciarse de común acuerdo, el otro cónyuge tiene derecho legal a reclamar el 50% de dichos montos acumulados. Si la indemnización se encuentra pendiente de cobro o si el trabajador es despedido con posterioridad a la sentencia de divorcio, el dinero se considera un bien de su propiedad personal exclusiva.

Seguros de Accidentes e Invalidez

Un tratamiento jurídico distinto reciben los dineros obtenidos por seguros contratados ante accidentes personales, negligencias médicas o invalidez laboral del cónyuge afectado. La Ley 19.947 y el Código Civil señalan que estos dineros están destinados a compensar un daño corporal o de salud personal. Por lo tanto, se clasifican como **bienes propios** del cónyuge lesionado y no se deben dividir con el otro al momento de liquidar los bienes de común acuerdo.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con la indemnización por años de servicio si me despiden después del divorcio? expand_more

Si el despido y el cobro de la indemnización ocurren después de la subinscripción de la sentencia de divorcio, el dinero es de tu propiedad exclusiva y no ingresa a la liquidación patrimonial con tu ex cónyuge.

¿Qué ocurre con los seguros de vida cobrados durante el matrimonio? expand_more

Si el seguro fue cobrado en sociedad conyugal, el dinero ingresa al haber común y debe ser repartido en partes iguales en el acuerdo de liquidación de bienes.

¿Se puede pactar la exención de reparto de la indemnización laboral? expand_more

Sí. Al ser un divorcio express de común acuerdo, el cónyuge que trabajó puede acordar con el otro que conservará la totalidad de su indemnización laboral sin necesidad de dividirla, a cambio de ceder otros bienes menores.

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