Pensión de Alimentos de Hijos Universitarios en el Divorcio
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El divorcio de mutuo acuerdo exige regular de forma completa la pensión alimenticia de los hijos de la familia. Sin embargo, surge una duda habitual cuando los hijos comunes han cumplido la mayoría de edad (18 años) pero se encuentran cursando estudios técnicos o universitarios de forma regular. En la legislación de derecho de familia en Chile, la obligación alimenticia de los padres no cesa de forma automática a los 18 años. Explicamos detalladamente cómo se regula en el divorcio express para evitar conflictos futuros y dar estabilidad a los estudiantes.
El Límite de Edad en la Obligación Alimenticia Chilena
El Código Civil de Chile establece una escala de límites de edad para el cobro de pensiones de alimentos por parte de los hijos comunes, protegiendo su derecho a la educación y formación profesional:
- Menores de 21 años: Tienen derecho legal a percibir pensión de alimentos por el solo hecho de ser menores de edad, sin necesidad de acreditar que estudian, siempre que no cuenten con medios propios de subsistencia. La ley presume que a esta edad se encuentran aún en etapa de formación inicial o insertándose al mercado laboral.
- Entre 21 y 28 años: Conservan el derecho a recibir pensión de alimentos si se encuentran cursando estudios superiores (técnicos, profesionales o universitarios) de forma de forma regular en un establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación (Mineduc). El fin de esta norma es amparar al estudiante durante toda su carrera de educación superior.
- Mayores de 28 años: El derecho a alimentos se extingue de pleno derecho de forma absoluta, salvo que el hijo presente una discapacidad física o mental grave calificada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) de Chile que le impida de por vida sustentarse por sí mismo.
Regulación en el Acuerdo Completo y Suficiente
Al preparar la demanda conjunta de divorcio express de común acuerdo, los abogados de familia deben incorporar una cláusula específica referida a los hijos mayores de edad universitarios. En esta cláusula se estipula de mutuo acuerdo:
- El valor mensual de la pensión (habitualmente reajustable en Unidades Tributarias Mensuales UTM o de acuerdo a la variación del IPC).
- La forma de pago: se puede acordar que el dinero sea depositado de forma directa en la cuenta bancaria personal del hijo universitario (independizando la finanza), o que se siga depositando en la cuenta de ahorro de alimentos del progenitor custodio para solventar los gastos de techo, luz, agua y comida del hogar común donde reside el estudiante.
- El copago de gastos de educación superior (pago de matrícula anual, mensualidad de la universidad, aranceles de titulación y gastos de transporte y materiales de estudio). Estos aportes pueden ser calificados como 'pago de alimentos en especie', imputándose de forma directa al monto de la pensión alimenticia obligatoria.
¿Qué Ocurre con el Financiamiento del Crédito con Aval del Estado (CAE)?
Una situación muy recurrente en las familias chilenas es que el hijo universitario financie sus estudios mediante el Crédito con Aval del Estado (CAE) u otros sistemas de becas estatales. Al regular de mutuo acuerdo la pensión de alimentos en el divorcio express, se debe estipular con claridad quién asumirá el costo del arancel de referencia que no cubre el CAE, quién actuará como aval complementario si la institución de educación superior lo exige, y cómo se distribuirá el pago futuro del crédito una vez egresado el estudiante si los padres deciden apoyarlo económicamente en esa etapa. Dejar estos aspectos regulados evita sorpresas financieras de gran envergadura.
El concepto legal de 'Estudiar con Provecho'
Para que el hijo mayor de edad de 24 o 26 años conserve su derecho a exigir el pago mensual de alimentos a su padre o madre tras el divorcio, la jurisprudencia de familia en Chile exige que curse estudios con 'provecho académico'. Esto implica no haber abandonado de forma de forma reiterada e de forma injustificada los semestres de la carrera, mantener una asistencia regular y aprobar las asignaturas del plan de estudio de forma razonable. El deudor de alimentos tiene la facultad legal de exigir al estudiante de forma anual los certificados de alumno regular y concentración de notas vigentes. Si se constata vagancia o un retraso injustificado de años en el egreso de la carrera, el padre alimentante podrá demandar el **cese o término definitivo de la pensión de alimentos** ante el Juzgado de Familia, resguardando su patrimonio de cobros injustificados de forma legal.
La Mediación Familiar Obligatoria en Demandas de Alimentos de Mayores
Si los cónyuges no logran llegar a un acuerdo completo sobre la pensión de alimentos del hijo universitario al momento del divorcio express, la ley chilena prohíbe demandar directamente ante los tribunales de familia. Es requisito de procesabilidad someterse previamente a un proceso de mediación familiar obligatoria. En esta instancia, un mediador calificado del Ministerio de Justicia intentará que los padres y el propio hijo universitario (quien ya posee capacidad legal por ser mayor de edad) alcancen un acuerdo sobre los montos y formas de financiamiento de sus estudios. Si la mediación resulta exitosa, el acta de acuerdo se eleva al juez de familia para su aprobación, teniendo el mismo valor que una sentencia judicial. Solo si la mediación resulta frustrada (porque una parte no asistió o no hubo acuerdo), el mediador emitirá un certificado de mediación frustrada, el cual habilitará legalmente al hijo universitario o al progenitor custodio para interponer una demanda de alimentos ante el Juzgado de Familia de forma contenciosa.
Preguntas frecuentes
¿Se debe incluir al hijo universitario en el Acuerdo de Divorcio? expand_more
Sí. Aunque sea mayor de edad, si sigue cursando estudios de educación superior de forma regular, se aconseja regularizar su pensión de alimentos en el acuerdo de divorcio de mutuo acuerdo para evitar litigios futuros.
¿La pensión de alimentos del hijo mayor se le paga a la madre o al hijo? expand_more
Al cumplir los 18 años, el hijo universitario adquiere la capacidad legal de cobrar la pensión de alimentos de forma directa en su propia cuenta corriente bancaria, a menos que autorice por escrito que la siga percibiendo el progenitor custodio.
¿Qué pasa si el hijo universitario reprueba ramos o se cambia de carrera? expand_more
La ley exige 'estudiar con provecho'. Si el hijo no asiste de forma regular a clases o cambia reiteradamente de carrera de forma injustificada, el deudor de alimentos puede solicitar el cese de la obligación judicial.