Viviendas con Subsidio DS1 y DS19 en el Divorcio de Mutuo Acuerdo
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Las viviendas de integración social adquiridas bajo los programas de subsidio habitacional DS1 y DS19 del Minvu cuentan con restricciones legales temporales de venta y arriendo para evitar la especulación inmobiliaria. Si la pareja se separa y desea divorciarse express de común acuerdo, adjudicar la vivienda común exige coordinar el acuerdo de divorcio con las normativas del Serviu.
La adjudicación como excepción a la prohibición de venta
Al comprar con DS1 o DS19, se inscribe una prohibición de enajenar por 5 años a favor del Serviu en el Conservador de Bienes Raíces. Si los cónyuges deciden disolver la sociedad conyugal y adjudicar la propiedad a uno de ellos en el Acuerdo Completo y Suficiente de divorcio, esta transferencia judicial está permitida por la ley.
Para formalizarla, los abogados del divorcio ingresan una solicitud administrativa al Serviu adjuntando la sentencia aprobada del tribunal, requiriendo el oficio de autorización para inscribir la vivienda a nombre del nuevo dueño definitivo.
El destino de la deuda hipotecaria asociada
En la mayoría de las viviendas DS19 o DS1, la compra se financia complementando el subsidio con un crédito hipotecario bancario. En el Acuerdo Completo y Suficiente se debe dejar constancia de quién asumirá el pago de los dividendos futuros, asumiendo generalmente dicha carga el cónyuge que se queda habitando el inmueble con los hijos de la pareja.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la prohibición de enajenar del Serviu? expand_more
Es un gravamen inscrito en el Conservador de Bienes Raíces que impide al beneficiario de un subsidio DS1 o DS19 vender o arrendar la vivienda durante un plazo de 5 años desde la entrega oficial.
¿Se puede alzar la prohibición para adjudicar la casa por divorcio? expand_more
Sí. El Serviu cuenta con una excepción legal específica para adjudicaciones de sociedad conyugal por divorcio, otorgando la autorización sin cobrar multas ni exigir la restitución del subsidio.
¿Qué pasa si la casa se sigue pagando con crédito hipotecario? expand_more
El cónyuge adjudicatario debe asumir la deuda hipotecaria restante, comprometiéndose a liberar al otro de dicha carga financiera en el acuerdo.