Derecho de Uso y Habitación en el Divorcio Express
boltRespuesta rápida
Resolver el destino de la vivienda familiar es uno de los temas más complejos al tramitar un divorcio express de común acuerdo. En muchas ocasiones, los cónyuges desean que la madre o el padre que se queda a cargo de la crianza de los hijos continúe residiendo en la propiedad común para no alterar la estabilidad escolar y social de los niños. Sin embargo, traspasar la propiedad definitiva del inmueble al 100% al cónyuge custodio puede no ser financieramente viable o deseado por la otra parte. Para este escenario, la legislación chilena ofrece una figura intermedia muy eficaz: el **derecho real de uso y habitación**. Explicamos cómo funciona de forma detallada en el Juzgado de Familia y en el Conservador de Bienes Raíces.
Definición del Derecho Real de Uso y Habitación en Chile
Regulado en el Código Civil de Chile, es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una parte limitada de una cosa ajena (en este caso, habitar de forma gratuita una vivienda familiar ajena o compartida). Al ser un derecho real y no una mera promesa contractual, se constituye mediante escritura pública y se inscribe al margen de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) respectivo a la ubicación del inmueble, dándole el carácter de inamovible ante la ley.
Una vez inscrito, este derecho funciona como un blindaje legal de primer nivel: el cónyuge beneficiario y sus hijos tienen el derecho inalienable de residir en la propiedad. Si el propietario del inmueble (el otro ex cónyuge) decide vender su parte de la propiedad o tiene deudas personales de consumo, el nuevo comprador o el acreedor del banco comercial deberá respetar la permanencia de la familia de forma obligatoria, sin posibilidad alguna de solicitar el desalojo o cobro de arriendo del hogar común. Protege de forma real y efectiva el techo de los niños frente a contingencias externas.
Ventajas del Derecho de Uso en el Divorcio de Mutuo Acuerdo
Pactar esta figura en el Acuerdo Completo y Suficiente del divorcio de común acuerdo ofrece beneficios mutuos muy claros para la ex pareja:
- Protección del menor de edad: Asegura el techo familiar de los hijos menores de edad de forma indefinida o hasta que completen su desarrollo profesional universitario de forma estable en la comuna, sin mudanzas forzadas o estresantes.
- Conservación del patrimonio familiar: El cónyuge que no tiene la custodia de los hijos conserva sus derechos de copropiedad sobre el inmueble para el futuro, evitando tener que vender la casa de forma apresurada en un mercado inmobiliario desfavorable o perder su inversión de años de trabajo.
- Exención de Impuestos del SII: No califica como arriendo comercial ni venta de bien raíz, por lo que no genera rentas presuntas ni impuestos impositivos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile.
Diferencias Clave entre Usufructo y Derecho de Uso y Habitación
Es común confundir el derecho de uso y habitación con el **usufructo**. Aunque ambos son derechos reales de goce, el usufructo confiere al beneficiario (usufructuario) la facultad de explotar comercialmente el bien, pudiendo arrendar la casa familiar y percibir los cánones de arriendo para beneficio propio. En cambio, el derecho de uso y habitación es de carácter estrictamente **personal e intransferible**. El beneficiario solo puede habitar la propiedad junto a su familia, teniendo prohibido por ley arrendarla, ceder su uso a terceros o subarrendar piezas. Esta limitación otorga mayor tranquilidad al cónyuge propietario de que el inmueble se destinará exclusivamente al resguardo habitacional de sus propios hijos comunes.
Pasos para su Constitución y Validez ante el Conservador en Chile
Para que esta protección sea efectiva tras la sentencia del divorcio express, se deben seguir solemnidades estrictas por parte de los abogados de familia del estudio:
- Redacción detallada de la cláusula de uso y habitación en el Acuerdo Completo y Suficiente, especificando el plazo de vigencia exacto, las causales de extinción y la obligación de pagar gastos comunes y cuentas de consumo básico.
- Aprobación judicial y dictación de la sentencia definitiva de divorcio express por el juez de familia chileno.
- Redacción de la escritura pública de liquidación de sociedad conyugal y constitución del derecho real ante notario público de la comuna de la propiedad.
- Inscripción formal del derecho de uso y habitación en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces respectivo a la comuna de la propiedad, otorgándole validez legal plena frente a cualquier tercero o acreedor financiero de forma permanente.
Extinción del Derecho de Uso y Habitación ante la Ley
El derecho real de uso y habitación constituido sobre el inmueble familiar en el marco del divorcio de mutuo acuerdo no es perpetuo y se extingue por las causales establecidas en el Código Civil chileno o por las pactadas voluntariamente por las partes. Entre las causales legales de extinción se encuentran: la llegada del plazo convenido en la escritura de liquidación (por ejemplo, el cumplimiento de la mayoría de edad del hijo menor), el fallecimiento del beneficiario, la destrucción completa del inmueble, o la consolidación del derecho de uso con la propiedad (si el beneficiario compra posteriormente el inmueble). Asimismo, los ex cónyuges suelen pactar causales convencionales específicas de extinción, tales como que el cónyuge beneficiario contraiga nuevo matrimonio civil, inicie una relación de convivencia o acuerdo de unión civil (AUC) en la misma propiedad, o deje de habitar físicamente la casa por más de seis meses ininterrumpidos de forma injustificada.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo dura el derecho de uso y habitación? expand_more
Se puede pactar con un plazo definido (por ejemplo, hasta que el hijo menor cumpla los 18 o 24 años), de forma vitalicia para el cónyuge custodio, o hasta que este contraiga un nuevo matrimonio civil.
¿Quién debe pagar las contribuciones y reparaciones de la casa? expand_more
El beneficiario del derecho de uso y habitación es responsable de los gastos de mantenimiento ordinarios y cuentas de servicios básicos, mientras que el nudo propietario debe asumir las contribuciones territoriales anuales, a menos que se pacte lo contrario en el acuerdo.
¿Se puede inscribir este derecho si la casa tiene hipoteca? expand_more
Sí. Se puede constituir e inscribir el derecho en el Conservador de Bienes Raíces, pero este derecho quedará subordinado a la hipoteca bancaria preferente existente.