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Cese de Convivencia ante Notario para el Mutuo Acuerdo

personEquipo Legal Divorcios Express calendar_todayActualizado 09/07/2026 schedule4 min de lectura

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El cese de convivencia ante Notario es plenamente válido para el divorcio de mutuo acuerdo, siempre que sea otorgado mediante Escritura Pública y firmado conjuntamente por ambos cónyuges. La fecha de la firma fijará el inicio del año de plazo legal.

Al disolver un matrimonio de mutuo consentimiento, la fecha de cese de la vida en común debe ser acreditada de forma indubitada ante el juez de familia. Si bien la vía gratuita en el Registro Civil es la más habitual, la **Ley 19.947 de Matrimonio Civil** en Chile otorga idéntica validez legal a las escrituras públicas otorgadas ante Notario Público. Te explicamos cómo funciona esta alternativa legal.

Solemnidades de la Escritura Pública Notarial

Para que un documento de separación firmado en notaría tenga valor legal para computar el año de cese de convivencia requerido para el divorcio express, debe cumplir de forma estricta con tres condiciones:

¿Cuándo conviene la opción notarial?

La vía notarial es aconsejable cuando los cónyuges, además de establecer la fecha de su cese de convivencia, desean dejar escriturado en el mismo acto de forma simultánea un acuerdo preliminar de reparto de bienes muebles, vehículos o derechos sobre la propiedad común. Esto unifica trámites y entrega un antecedente escrito ordenado que facilita la posterior redacción de la demanda de divorcio definitiva.

Preguntas frecuentes

¿Sirve un papel notarial simple de declaración jurada? expand_more

No. Para matrimonios posteriores a noviembre del 2004, una declaración jurada simple firmada ante notario carece de validez de fecha cierta escrita, exigiéndose obligatoriamente que sea otorgado por Escritura Pública o en el Registro Civil.

¿Qué costo tiene la escritura de cese ante notario? expand_more

El costo varía según la notaría en Chile, oscilando de forma habitual entre los $15.000 y $30.000 pesos de arancel de escrituración.

¿Se debe notificar judicialmente la escritura pública de cese? expand_more

Si la escritura pública de cese de convivencia fue otorgada de mutuo acuerdo y firmada por ambos cónyuges ante el notario, no requiere notificación judicial, siendo válida de forma inmediata desde el día de su otorgamiento.

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