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Cese de Convivencia en el Registro Civil: Paso a Paso

personEquipo Legal Divorcios Express calendar_todayActualizado 09/07/2026 schedule5 min de lectura

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El cese de convivencia en el Registro Civil es el trámite oficial mediante el cual se deja constancia de la fecha exacta de separación de la pareja. Para matrimonios celebrados a partir de noviembre del 2004, es el documento obligatorio exigido por ley para empezar a contar el año de plazo necesario para el divorcio de común acuerdo.

Para disolver legalmente un matrimonio en Chile, la ley exige demostrar el término de la vida en común por un periodo mínimo de tiempo. El documento por excelencia para acreditar esto es el acta de cese de convivencia. En este artículo te explicamos el paso a paso detallado para obtenerlo de manera ágil en el Registro Civil y asegurar el éxito de tu divorcio.

¿Por qué es indispensable este documento?

La Ley 19.947 de Matrimonio Civil, vigente desde noviembre de 2004, eliminó la posibilidad de probar la separación únicamente con testigos para los matrimonios celebrados a partir de su entrada en vigencia. Para estas parejas, el tiempo de cese de convivencia solo comienza a correr formalmente desde que se deja constancia escrita de la separación en un instrumento público de 'fecha cierta'. El más común y accesible es el acta de cese extendida por el Registro Civil.

Paso a paso para realizar el cese de convivencia

Existen dos modalidades para realizar este trámite, dependiendo de la cooperación entre los cónyuges:

Opción A: De común acuerdo (Conjunto)

  1. Ambos cónyuges deben acudir presencialmente a cualquier oficina del Registro Civil de Chile.
  2. Solicitan el trámite de 'Cese de Convivencia' portando sus cédulas de identidad vigentes.
  3. El oficial del Registro Civil redacta el acta y ambos firman el documento en el acto. El cese comienza a correr de inmediato y no requiere trámites adicionales.

Opción B: De forma unilateral (Uno solo)

  1. El cónyuge interesado acude solo al Registro Civil o realiza el trámite online en la web del Registro Civil con su Clave Única.
  2. Solicita la declaración unilateral de cese de convivencia, ingresando sus datos y los de su cónyuge.
  3. Paso crítico: El acta generada debe ser ingresada en el Juzgado de Familia por un abogado para que el tribunal ordene notificar judicialmente al otro cónyuge. El año de cese de convivencia comenzará a correr formalmente solo a partir del día de la notificación efectiva, no de la firma en el Registro Civil.

Preguntas frecuentes

¿El cese de convivencia se puede hacer online? expand_more

Sí. Se puede tramitar de forma online en el sitio web del Registro Civil ingresando con Clave Única, redactando una solicitud unilateral o conjunta, la cual debe ser debidamente firmada y notificada judicialmente si es unilateral.

¿Qué costo tiene el acta de cese de convivencia? expand_more

El trámite es completamente gratuito si se realiza directamente en el Registro Civil de forma presencial o a través de su plataforma en internet.

¿Es necesario que firmen ambos cónyuges? expand_more

No es obligatorio. Puede realizarlo uno solo de los cónyuges (cese unilateral), pero en ese caso el documento solo tendrá validez legal una vez que sea notificado al otro cónyuge a través del Juzgado de Familia.

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